Cantabria
|
Fecha de publicación:
21/01/2012
08:57
Las dos casas de la residencia familiar de la diputada y alcaldesa del PP, María Antonia CortabitarteAquí Confidencial
AQUÍ CONFIDENCIAL
La alcaldesa de Medio Cudeyo y diputada del PP en el Parlamento de Cantabria, Maria Antonia Cortabitarte, logró, gracias a sus relaciones políticos y saltándose la legalidad urbanística, construir su residencia familiar, compuesta de dos casas y piscina, en terrenos de especial protección y donde únicamente se permite la ubicación de viviendas que estén asociadas a explotaciones ganaderas. Cortabitarte tiene sin tramitar un informe del arquitecto municipal que concluye que dicha residencia ha sido construida ilegalmente y debe ser derribada.
Como diputada regional Cortabitarte ha destacado especialmente por sus constantes imputaciones a los miembros del Gobierno PSOE-PRC de actuaciones delictivas, siempre sin presentar prueba alguna de sus acusaciones. Si está probado, sin embargo, que en el cajón del secretario municipal, Manuel José González Fernández, guardado bajo siete llaves, permanece sin tramitarse el informe del arquitecto municipal -despedido por Cortabitarte nada más llegar a la alcaldía en mayo pasado- sobre las ilegalidades e irregularidades cometidas en la tramitación de la construcción de la residencia familiar de la alcaldesa.
La connivencia de altos cargos del Gobierno del PP y del alcalde hasta 2003, José E. Cacicedo, también del mismo partido, hicieron posible tan flagrante ilegalidad, consumada cuando Cortabitarte ya formaba parte de la corporación municipal y era, además, diputada regional. Un informe suscrito por el responsable del Servicio Técnico Municipal de Arquitectura y Urbanismo en el Ayuntamiento de Medio Cudeyo pone de manifiesto de forma contundente las distintas irregularidades y presuntas ilegalidades cometidas. El escrito plantea en sus conclusiones finales que de no acreditarse la existencia de actividad ganadera en la finca propiedad de Cortabitarte, y en la que se han levantados las dos edificaciones, deberá procederse a restablecer el orden urbanístico conculcado y a reponer los bienes al estado anterior a la comisión del hecho ilegal. Es decir que la alcaldesa debe ordenar el derribo de su domicilio familiar. Si se negara a ello o pretendiera legalizar las obras, lo cual no parece factible según los informes técnicos, podría incurrir en un delito de prevaricación -dictar resolución injusta o ilegal a sabiendas- .
La diputada y alcaldesa se ha construido dos casas, una de ellas sin licencia, y también una piscina en unos terrenos de su propiedad pero que tienen la calificación, tanto en el momento de solicitar la primera licencia, en febrero de 1996, como ahora, tras la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana del Municipio, calificación de Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agricola. Pero es que, además, la residencia familiar de Cortabitarte se encuentra situada en el interior de la zona comprendida por el Parque Natural de Peña Cabarga, que pertenece al término municipal del Ayuntamiento del que hoy es alcadesa.
Cortabitarte no ha tenido nunca actividad algunas relacionada con la agricultura o la ganadería. Para 'legalizar' la edificación de su domicilio altos funcionarios del Gobierno del PP, así como el alcalde del municipio, militante del mismo partido, ocultaron la calificación del suelo, eximiendo a la política popular de demostrar la condición ganadera de la instalación, lo que si exigieron en las mismas fechas a otro solicitante de licencia para una vivienda cercana a la de la diputada. El solicitante era en ese momento militante del PRC y tuvo que acreditar la actividad ganadera para poder obtener la licencia para construir su casa. Se dala circunstancia de que un hermanodel anterior es actualmente primer teniente de alcalde por el PP.
UNA VIEJA HISTORIA QUE COLEA
Cortabitarte solicitó ante el Ayuntamiento la licencia para construir una vivienda familiar en las localidad de Heras, en el municipio de Medio Cudeyo, en febrero de 1996. La misma solicitud fue cursada a la Comisión Regional de Urbanismo, competente para autorizar la construcción de viviendas en suelo no urbanizable y establecer las condiciones de edificabilidad, parcela mínima, etcétera que deben darse y hacerse cumplir por el municipio. Tanto en la solicitud en el Ayuntamiento como ante el organismo regional se obvió el hecho de que además de no urbanizable el terreno era de Protección Agrícola. La coletilla no es asunto menor, ya que en ese caso la licencia sólo puede ser otorgada si la nueva construcción va asociada a una explotación agraria, que debe regentar el solicitante de la licencia, extremos que debe documentarse.
Hurtada la información, que no parece olvido sino acto intencionado, obtenida la autorización de la CRU ( de febrero de 1997) y un informe favorable de los servicios técnicos municipales, que no aparece en el expediente, se aprueba la licencia en Comisión de Gobierno, de la que se ausente Cortabitarte por ser parte afectada. El acuerdo tiene fecha de 9 de julio de 1998. Cinco días después, el 14 de julio, tiene entrada en el Ayuntamiento un escrito remitido por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda del Gobierno de Cantabria que condiciona la autorización otorgada por la Comisión regional de Urbanismo a que se aporten los dados de la explotación agrícola o ganadera. Se justifica la petición en base a la constatación de que la calificación urbanística de la parcela no es la que Cortabitarte y el alcalde del PP habían declarado.
Con una velocidad inusual y obviando la obligada presentación de los datos solicitados sobre la explotación agrícola ganadera, que Cortabitarte no aporta, se concede la licencia de obra por el Ayuntamiento y se construye la casa principal. El expediente sigue adelante y se conceden todos los permisos para que la construcción concluya y la vivienda pueda obtener la cédula de habitabilidad. El último trámite administrativo se sustancia el 4 de marzo de 2003, dos meses antes de la celebración de las elecciones municipales en las que el PP pierde el Gobierno regional y también la alcaldía de Medio Cudeyo, que pasa a manos regionalistas.
Pero no es la única irregularidad el hecho de que sin cumplir las exigencia de la CRU el expediente siga adelante, la construcción de la vivienda concluya y se obtenga permiso de habitabilidad. En la revisión que en 2010 realizan técnicos municipales para determinar las irregularidades cometidas en la construcción de la vivienda de Cortabitarte se comprueba que además de la casa principal está construido y en uso un edificio auxiliar, de características similares a la primera vivienda, y del que no costa que se haya solicitado licencia municipal ni tampoco identificación catastral alguna. El nuevo edificio 'fantasma' tiene, sin embargo, unas dimensiones no precisamente pequeñas, 11x6 metros y sobrepasa la edificabilidad adjudicada a la parcela, lo que explica que Cortabitarte no hubiera solicitado licencia y ocultara al catastro su existencia.
En las conclusiones del informe técnico ya citado, y que permanece retenido pro el secretario y la alcaldesa, no hay resquicio para dudas ni componendas. Según señala "procede la revisión de la licencia otorgada por el Ayuntamiento de Medio Cudeyo con fecha 20 de julio de 1998, para lo cual deberá aportarse documentación que acredite la existencia de explotación agrícola o ganadera en la que finca que contiene la vivienda y que e el titular de esa actividad es Doña Maria Antonia Cortabitarte Tazón. De no acreditarse esta condición", añade el informe, "se procederá a la anulación de la licencia y restitución de la legalidad urbanística, por aplicación de la legislación vigente". Es decir que lo construido -la residencia de la alcaldesa- debe ser derribado y el terreno ocupado por las dos casas y la piscinas volver a su estado natural.
De forma más explícita al segunda conclusión del informe del técnico municipal establece que deberá abrirse "expediente de disciplina urbanística por infracción grave, por la construcción en suelo no urbanizable especialmente protegido de un edificio auxiliar, [la construcción fantasma], sin la preceptiva licencia municipal de obras". Cortabitarte ha aducido que la segunda casa es un garaje y txoco, lo cual no parece concordar con la tipología de la construcción, pero es que, además, tampoco el uso justifica la no existencia de licencia de obra.
EL OTRO DEMANDANTE DE LICENCIA
La connivencia política es la única razón que puede explicar el cúmulo de ilegalidades que han permitido a la diputada Cortabitarte construir una doble residencia familiar en un lugar privilegiado y en condiciones que, además de ilegales, suponen un agravio comparativo para otros vecinos del municipio. Es el caso de Victor Canal, que en diciembre de 1998 solicita la construcción de una vivienda familiar también en el municipio de Heras y no muy distinta de la de la alcaldesa. A Canal si se le exige acreditar la condición de titular de una explotación ganadera y sólo tras cumplir con ese este trámite se le concede licencia para construír su casa.
La posibilidad de legalizar la residencia familiar de la alcaldesa no parece posible, salvo que acredite que ejerce la actividad ganadera o agrícola en la finca. En caso contrario, y dado que la ilegalidad de la licencia no prescribe, se deberá proceder a anular la licencia ilegalmente concedida y restituir el "orden urbanístico vulnerado, o reponer lo bienes afectados al estado anterior a la producción de la situación ilegal" según establece el Texto Refundido de la ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, así como la Ley de Ordenación del Territorio y Régimen Urbanístico de Cantabria. La pelota está en el tejado de la alcaldesa, que es juez y parte. Puede tomar la decisión por iniciativa propia, lo cual no parece probable, o puede iniciarse l acción a petición de cualquier interesado, por ejemplo organizaciones proteccionista del medio rural o de les parajes naturales, dado que la residencia de Cortabitarte se levanta en un Paraje Natural Protegido: el Parque natural de Peña Cabarga.