Si has decidido casarte por lo civil tienes que saber que todos los trámites de esta celebración se realizan en el Registro Civil.
Documentación a presentar para una boda civil
- Certificado literal de nacimiento de cada miembro de la pareja: Te lo facilitarán en el Registro Civil de tu lugar de nacimiento, y tardan cinco días, aproximadamente en entregártelo.
- Certificado de soltería de los contrayentes: Este documento es una declaración jurada del estado civil.
- Certificado de empadronamiento: Este certificado lo encontrarás en el ayuntamiento donde has residido los últimos dos años.
- Fotocopia de DNI, Pasaporte o Tarjeta de residencia, además de la original.
- Solicitud de matrimonio: Te la facilitarán en el Registro Civil.
- DNI de los testigos.
Otra documentación para casos especiales
- Dispensa: Documentación necesaria para los contrayentes menores de 16 años y mayores de 14. Se tramita en el Registro Civil.
- Autorización de los padres: Si alguno de los contrayentes tiene entre 16 y 18 años.
- Divorcio: Si alguno de los dos es divorciado, se necesita un certificado literal del matrimonio anterior y la correspondientes anotación de divorcio o nulidad.
- Viudedad: Si alguno de los dos es viudo, debe presentar el certificado de su anterior matrimonio y el certificado de defunción del cónyuge.
- Extranjero: Deberá presentar el certificado de inscripción consular, domicilio, el tiempo de residencia en España y el lugar de procedencia. En algunos casos es necesario aportar el certifico de capacidad matrimonial, y en otros acreditar si la legislación del país de procedencia exige publicación de editos al contraer matrimonio civil en España.
- Asilado, refugiado político o solicitante de asilo o refugiado: Deberán aportar el certificado de la Dirección General de la Policía, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, de la Cruz Roja Española o del organismo competente.
Una vez os den el expediente matrimonial en el Registro Civil, deberás presentalo en la Junta Municipal para reservar el día y la hora de la boda.
Al Registro Civil debéis acudir con dos testigos, además de con la documentación necesaria. El juez y el fiscal serán los encargados de autorizar la boda, tardan alrededor de 45 días en dar el visto bueno.